decreto 0401 de 2020 para tontos
2. A bienes de este régimen transitorio, se entenderá por inversiones extranjeras directas aquellas inversiones como consecuencia de las cuales el inversor pase a ostentar una Décimo igual o superior al 10 por 100 del caudal social de la sociedad españonda, o cuando como consecuencia de la operación societaria, acto o negocio forense se ad